Connect with us

CDMX

‘ALDF aplicará la ley y continuará con remoción de delegado’

El legislador informó que el procedimiento será a través de la Comisión Jurisdiccional, de conformidad con el artículo 77 de la Ley Orgánica de la ALDF.

Published

on

El diputado Mauricio Toledo informó que Rigoberto Salgado podrá ser retirado del cargo por acción u omisión de los hechos acontecidos en la demarcación

Confió en que el dictamen de remoción será aprobado, ya que cuentan con información suficiente que relaciona al delegado de Tláhuac con Felipe de Jesús Pérez Luna.

El presidente de la Mesa Directiva en la ALDF, Mauricio Toledo, informó que el presidente de la Comisión de Gobierno, Leonel Luna, formalizó el proceso para iniciar con la remoción del jefe delegacional en Tláhuac, Rigoberto Salgado, luego del deplorable desempeño que mostró durante su comparecencia.

“El diputado Leonel Luna envió el 3 de agosto un oficio al presidente de la Comisión Jurisdiccional, Jesús Armando López Velarde Campa, para solicitar de manera formal que se proceda a iniciar con las sesiones en la Comisión, toda vez que Rigoberto Salgado no presentó pruebas o argumentos sólidos que lo eximan de toda responsabilidad.”

Mauricio Toledo, presidente de la Mesa Directiva en la ALDF.

Mauricio Toledo refirió que el caso Tláhuac es un tema de interés público y la ALDF cuenta con las facultades para intervenir.

“Reiteramos que estas acciones no forman parte de una persecución política, estamos actuando conforme a lo que establece la ley, y la Asamblea Legislativa tiene todas las facultades para proceder con su remoción, toda vez que se cuenta con pruebas suficientes que obligan a Rigoberto Salgado a enfrentar un procedimiento de investigación”.

“La ALDF se tomó en serio la decisión, no podemos permitir gobiernos coludidos con la delincuencia organizada de manera directa o por omisión, vamos a construir una política a favor de los vecinos de Tláhuac, por eso vigilaremos la correcta aplicación de la ley y la justicia para que sea destituido el jefe delegacional”, aseguró.

El artículo 108 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal señala entre las causas de remoción de un Jefe Delegacional pueden proceder por violaciones sistemáticas a la Constitución, al Estatuto o a las leyes federales y del Distrito Federal (fracción I) o por realizar cualquier acto o incurrir en omisiones que afecten gravemente el funcionamiento de la administración pública del Distrito Federal o el orden público en la Entidad (fracción III).

“La destitución puede llevarse a cabo por acción, si se acredita el vínculo entre el Jefe Delegacional y Felipe de Jesús Pérez Luna “El Ojos”, o bien por omisión, si se comprueba que personas con vínculos cercanos a este sujeto se encontraban trabajando en la Jefatura Delegacional, y el titular de la demarcación no realizó acción en contra de ellos”, detalló Toledo.

En el caso de las pruebas que demuestran que el jefe delegacional tenía a familiares y amigos cercanos a “El ojos” en la nómina, el Presidente de la Mesa Directiva recordó que de conformidad con el artículo 39, fracción LXXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública de DF, es facultad de los jefes delegacionales “designar y remover libremente” a los funcionarios de confianza, mandos medios y superiores.

“Salgado firmó sus nombramientos, lo que demuestra que tenía pleno conocimiento de las personas de confianza que conformaban su gabinete, al igual que podía removerlos libremente si se presentaba una situación que lo ameritara.”

Mauricio Toledo, presidente de la Mesa Directiva en la ALDF.

El legislador informó que el procedimiento será a través de la Comisión Jurisdiccional, de conformidad con el artículo 77 de la Ley Orgánica de la ALDF, misma que se integrará según lo disponga la Comisión de Gobierno y deberá reflejar la pluralidad y proporcionalidad de los grupos parlamentarios representados en la Asamblea.

La Comisión Jurisdiccional sesionará cuando se presente una solicitud de remoción, denuncia o propuesta y se podrá por oficio citar a los servidores públicos relacionados con alguno de los procedimientos, así como a los particulares que puedan aportar información relevante con motivo de alguno de los procedimientos.

Las comparecencias serán públicas y durante su desarrollo los únicos interlocutores serán las partes y los integrantes de la Comisión Jurisdiccional.

Para el desahogo de pruebas, la Comisión Jurisdiccional se reunirá para el análisis de la contestación de la solicitud formulada, así como para la aceptación de las pruebas ofrecidas por las partes, emitiendo el acuerdo admisorio de éstas.

Una vez desahogadas las pruebas en su totalidad y declarado cerrado el periodo probatorio, la Comisión hará saber a las partes en el procedimiento, según corresponda, el día, hora y lugar para la presentación por escrito de sus alegatos, y en caso de que las partes no los presenten, se entenderá que renuncian a los mismos.

“Para concluir con este proceso, quienes integramos la Comisión Jurisdiccional, procederemos a la votación del dictamen ante el Pleno de la Asamblea y para su aprobación se deberá contar con el voto de las dos terceras partes de los diputados que integren la legislatura”.

“Creemos que el dictamen de remoción será aprobado, ya que se tiene información suficiente que relaciona a Rigoberto Salgado con Felipe de Jesús Pérez Luna, por lo que el jefe delegacional deberá retirarse del cargo para enfrentar a la justicia”, concluyó el diputado.

Fuente: aldf.gob.mx / Foto: Twitter @AsambleaDF

Lo nuestro es la #política en la #CDMX; si en verdad te late la grilla chilanga en las redes, visita nuestra página: https://elinfluyente.mx

Continue Reading
Advertisement Article ad code

Los influyentes

Twitter

Facebook

Advertisement Post/page sidebar widget area

Recientes