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Apertura a nuevos partidos políticos

Las organizaciones tendrían hasta el último día de enero de 2020 para acreditar el número de cédulas de afiliación, el cual no deberá ser menor al 0.26% del padrón electoral de la Ciudad de México utilizado en la elección ordinaria local del pasado primero de julio de 2018.

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Fernando Díaz Naranjo

Un aspecto fundamental en cualquier democracia representativa como la nuestra es contar con instancias que sirven de acceso al poder.  Una de estos organismos ha sido, por muchos años, los partidos políticos constituidos como entidades de interés público que, entre otros aspectos, tienen a su cargo la presentación de sus mejores cuadros políticos a través de candidatos que buscan, por medio de campañas políticas, lograr el triunfo y la representación democrática en una demarcación determinada.

En este sentido, cobra gran relevancia que el Instituto Electoral de la Ciudad de México emitiera a finales del año pasado, una Convocatoria para que las organizaciones ciudadanas que se encuentran legalmente registradas o bien, que ya se ostentan como una Agrupación Política local, puedan constituirse como partido político local y, con ello, poder competir en las elecciones locales de nuestra Ciudad Capital, en el proceso electoral local del año 2021.

Para que las instancias interesadas logren contar con registro como partido político local, deben acreditar, entre otros requisitos los siguientes:

  • La acreditación de que cuentan con una Asociación Civil que tenga el mismo tratamiento que un partido político con régimen local.
  • Las Agrupaciones Políticas locales deberán acreditar que el Consejo General del órgano electoral de la Ciudad de México, les otorgó su registro.
  • Emblema que las identifique y que sea diferente de otras organizaciones aspirantes y de los partidos políticos con registro vigente.
  • Proyecto de Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos.
  • Requisición de diversos formatos instituidos por la autoridad electoral para dar cumplimiento a diversas disposiciones legales.

Cumpliendo estos y otros requisitos, el Instituto Electoral de la Ciudad de México revisará dicha documentación y las organizaciones que hayan cumplido los mismos, deberán acreditar el número mínimo de afiliados establecidos por la legislación para obtener su registro como partido político local.

Así, las organizaciones tendrían hasta el último día de enero de 2020 para acreditar el número de cédulas de afiliación, el cual no deberá ser menor al 0.26% del padrón electoral de la Ciudad de México utilizado en la elección ordinaria local del pasado primero de julio de 2018, esto equivale a 19 mil 894 registros distribuidos en por lo menos dos terceras partes de las 16 demarcaciones territoriales en que se divide la Ciudad de México.

Asimismo, y a partir del momento en que las organizaciones notifiquen al órgano electoral local su intención de constituirse como partido político local y hasta el 15 de diciembre de 2019, éstas deberán celebrar una asamblea distrital en por lo menos dos terceras partes de los distritos electorales uninominales en que se divide nuestra Ciudad Capital o bien, en las dos terceras partes de las 16 demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como deberán realizar una asamblea local constitutiva.

Realizado lo anterior, el Instituto Electoral elaborará el dictamen respectivo en el que determine si la organización cumplió con el porcentaje legal de afiliaciones.  Si existiere alguna duda fundada sobre la autenticidad de cédulas de afiliación la autoridad electoral podría revisar una muestra aleatoria para su respectiva verificación.

Finalmente, a partir de la notificación de intención, la organización interesada deberá informar mensualmente a la autoridad electoral, del origen y destino de los recursos que obtenga y utilice para el desarrollo de sus actividades tendentes a la obtención del registro.

Las organizaciones tendrán como monto máximo la cantidad de 9 millones 077 mil 851.44 pesos que corresponde al 30% del tope de gastos de campaña para la elección de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México del proceso electoral ordinario 2017-2018, de acuerdo a la normatividad aplicable.

Como podemos observar, la ruta para lograr los requisitos procedimentales para obtener el registro como partido político local no es fácil; los tiempos son relativamente cortos.  No obstante, sería interesante que alguna instancia lograra dicho registro para acabar con el monopolio que hoy ostentan los partidos políticos con registro nacional.

Además, los ciudadanos de esta gran urbe contarían con una o algunas opciones más que refrescarían al propio sistema de competencia electoral en la Ciudad de México, que se acumularía a la opción de la vía denominada “independiente” por la que algunos ciudadanos han optado.

Ya hablaremos en su oportunidad del desenlace de este importante proceso para la Ciudad de México y su sistema electoral. Hasta la próxima!!!

Lo nuestro es la #política en la #CDMX; si en verdad te late la grilla chilanga en las redes, visita nuestra página: https://elinfluyente.mx

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