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Es la obligación de los alcaldes

Las autoridades de las al-caldías deben encaminar sus acciones, a través de la normatividad la Ley de Planeación del Desarrollo.

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Fernando Díaz Naranjo

Luego del pasado proceso elec- toral en nuestra ciudad capital, ha quedado claro el poder que las y los ciudadanos tienen en un proceso democrático a través del ejercicio del voto. Este poder ha demostrado que tan sólo de una elección a otra, es decir, cada tres años, puede cambiar radicalmente.

Ante este panorama se circunscribe el hecho de que recientemente tomaron protesta del cargo las y los alcaldes de la Ciudad de México, y junto con ello y sus nuevas responsabilidades. Tienen como principal obligación cumplir a la gente las promesas que en el desarrollo de las campañas hicieran.

Para ello, las autoridades de las al-caldías deben encaminar sus acciones, a través de la normatividad la Ley de Planeación del Desarrollo, que establece, entre otros aspectos, la obligación de integrar un Programa de Desarrollo de la Alcaldía, que contenga, al menos, los siguientes rubros:

• Los antecedentes tales como los históricos, los demográficos, entre otros.

• Un diagnóstico de la demarcación que incluya los aspectos sociales, económicos, territoriales, culturales, entre otros.

• La estrategia que la administración pública de la alcaldía establecerá para el desarrollo social, económico, cultural y de infraestructura.

• Las metas que la administración de la alcaldía determine, programadas por periodos que permita su adecuado se- guimiento y evaluación.

• Indicadores que servirán para medir el desempeño de la administración pública local.

Todo el análisis y la planeación estratégica que las alcaldías diseñen, deberán contar con las proyecciones para el periodo que dure la gestión administrativa (3 años), incluyendo aquellas que pudieran rebasar dicha temporalidad.

Dicho Programa de Desarrollo debe considerar las demandas de la población. Para ello, podría tomarse en cuenta la información en la que resaltaría: el acopio y sistematización de las necesidades de las y los ciudadanos durante las campañas electorales; la realización de foros en donde se convoque a la sociedad

para que manifieste sus demandas; el levantamiento de encuestas que permitan recoger las carencias, las oportunidades de desarrollo y de proyectos que beneficien en la población; los proyectos presentados en los ejercicios más recien- tes en torno al denominado “presupuesto participativo”, entre otros.

Como podemos advertir hasta aquí, integrar un Programa de Desarrollo de la Alcaldía no es un asunto fácil, menos
si la normatividad indica que debe de concluirse en un tiempo aproximado de cuatro meses, es decir están las y los alcaldes contra reloj.

También se establecen diversos tipos de sanción para quienes no cumplan con esta obligación, que recae en las y los alcaldes como responsables directos de la planeación de la administración pública de la demarcación.

Además, la información integrada en los Programas de Desarrollo, tiene carácter público y, por lo mismo, puede convertirse en un beneficio para quienes hagan las cosas que planearon, pero también pueden ser un dolor de cabeza para quienes no cumplan las acciones.

Será la ciudadanía quien observe el cumplimiento o no de aquellas promesas planteadadas en su oportunidad. Ante este panorama, la historia no se equivoca, le conviene a todas las alcaldías hacer las cosas bien en beneficio de la población, de lo contrario podría cambiar nuevamente la conformación de las alcaldías en 2021. ¡Hasta la próxima!

*Analista especializado en temas político electorales de la CDMX.

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