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Politizan elección del TSJ-CDMX

Para el especialista en derecho constitucional, Elisur Arteaga Nava, no es factible que exista contradicción con una norma constitucionalprohibitiva que no ha entrado en vigor.

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Alejandro Zúñiga

Como si le faltara algo a la crisis de impartición de justicia en la Ciudad de México, la elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia capitalino -a punto de definirse- ha desatado una lucha sórdida dentro y fuera de esa instancia del Poder Judicial.

El diferendo entre los principales aspirantes se ha centrado, paradójicamente, en la interpretación jurídica de lo que mandata la primera Constitución de la Ciudad de México.

El actual presidente del Tribunal, Álvaro Augusto Pérez Juárez, busca volver a presidirlo para continuar con su proyecto de fortalecer la capacitación de jueces y magistrados y modernizar su infraestructura. Sus opositores, en contraparte, califican de ilegal la posible “reelección”, porque el Artículo 35 de la misma Constitución local establece que quien presida el TSJ-CDMX, “durará en su encargo un año sin posibilidad de reelección alguna, sea sucesiva o alternada, independientemente de la calidad con que lo haya ostentado”.

Una norma insalvable, si no fuera porque el transitorio décimo primero de ese cuerpo normativo, establece que “Las leyes relativas al Poder Legislativo entrarán en vigor el 17 de septiembre de 2018; las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Poder Judicial el 1 de junio de 2019”.

El trigésimo transitorio enreda más este galimatías jurídico, al establecer: “Las normas del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y los ordenamientos legales aplicables a la entidad federativa que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de esta Constitución, continuarán aplicándose hasta que inicie la vigencia de aquellos que los sustituyan, siempre que no contravengan lo establecido en ésta”.

En medio de esta polémica, el pleno del Tribunal votó a favor de que Pérez Juárez se inscriba como candidato, con 46 votos a favor y 33 en contra y, como la nueva Ley Orgánica del TSJ aún no entra en vigor, es legal porque la norma vigente lo permite.

Para el especialista en derecho constitucional, Elisur Arteaga Nava, no es factible que exista contradicción con una norma constitucionalprohibitiva que no ha entrado en vigor. En consecuencia, agrega el experto, la prohibición de la reelección del presidente del Tribunal tendrá vigencia, exclusivamente, hasta que entre en vigor la Ley Orgánica del Poder Judicial, el 1 de junio de 2019.

Y solo entonces, asegura, esa norma podrá ser parámetro de derogación de las leyes secundarias que posibiliten la reelección del presidente del TSJ -CDMX.

Considera que la prohibición existente es en el sentido de volver a ocupar el cargo por reelección, pero Pérez Juárez relevó al ex presidente del Tribunal, Edgar Elías Azar porque renunció al cargo para desempeñarse como embajador de México en Holanda.

Por eso, opina el jurista, a Juárez no le aplica la prohibición de la reelección.

Esta controversia ha desencadenado ataques de actores externos en los medios de comunicación, principalmente de legisladores y militantes partidistas, quienes buscan perfilar a sus favoritos para encabezar el máximo órgano de impartición de judicial de la capital.

Lo ideal sería que más allá de intereses políticos, facciosos, ataques me- diáticos y pugnas intestinas, la decisión del próximo presidente del TSJ -CDMX se apegue estrictamente a la legalidad.

Demasiado rezago, impunidad y corrupción padecemos los capitalinos en la impartición de justicia, como para que se impongan criterios partidistas y políticos en la elección del próximo presidente del TSJ de la Ciudad de México.

Lo nuestro es la #política en la #CDMX; si en verdad te late la grilla chilanga en las redes, visita nuestra página: https://elinfluyente.mx

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