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CDMX

Publican Reglamento de Ley del Sistema de Protección Civil capitalino

Estará vigente a partir de mañana, y establece que los medios de comunicación procurarán contribuir al fomento de la cultura de la prevención difundiendo temas y materiales generados por la Secretaría.

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La jefatura de Gobierno de la Ciudad de México expidió el Reglamento de la Ley del Sistema de Protección Civil capitalino.

La reglamentación detalla los principios bajo los cuales deberán regirse los integrantes del Sistema de Protección Civil de la capital mexicana, entre ellos dar prioridad en la protección a la vida, la salud y la integridad de las personas, y hacerlo con honradez y respeto a los derechos humanos y grupos vulnerables.

Asimismo, deberán conducirse con equidad, eficacia y eficiencia en la prestación del auxilio; transversalidad en las funciones asignadas a las diversas instancias del gobierno, y comunicación y participación social en todas las fases de la protección civil, orientada a la gestión integral de riesgos de desastres.

Subraya que los servidores públicos, incluso los terceros acreditados, brigadistas comunitarios y voluntarios, podrán portar el emblema internacional de protección civil en la Ciudad de México, siempre y cuando desempeñen actividades inherentes a la actividad, portando el emblema distintivo internacional de un triángulo equilátero azul sobre fondo color naranja.

De esta forma, el reglamento prevé siete títulos en los incluye disposiciones preliminares con las atribuciones de los integrantes del Sistema de Protección Civil capitalino, las funciones de los órganos asesores, y los objetivos de los comités y comisiones de Consejo.

El reglamento vigente a partir de mañana y publicado en la Gaceta Oficial, establece que la Secretaría de Protección Civil promoverá convenios con los medios de comunicación para que emitan avisos preventivos derivados de los Sistema de Alerta Temprana.

Indica que los medios de comunicación procurarán contribuir al fomento de la cultura de la prevención difundiendo temas y materiales generados por la Secretaría, que brindará información oportuna ante una situación de emergencia, siniestro o desastre para no entorpecer las labores de los cuerpos de emergencia.

También incluye acciones de prevención, mitigación y preparación por pare de las Unidades de Protección Civil de los órganos político administrativos.

En ese sentido, precisa que la Secretaría emitirá opiniones técnicas respecto a asentamientos humanos irregulares con base en estudios de instituciones como la UNAM o el IPN que cuenten con áreas de investigación en geografía, geología, urbanismo, arquitectura, , sismología, ingeniería civil, hidrología, antropología, sociología, ecología.

El reglamento prevé además las acciones e instrumentos preventivos como un Atlas de Peligros y Riesgos, de los Programas Delegacionales de Protección Civil y las atribuciones del Centro de Evaluación, Formación, Capacitación y certificación en la materia.

Establece además los procedimientos de atención de emergencias, de la recuperación de desastres, de la reconstrucción, de la resiliencia, así como aspectos de la participación privada y social como son voluntarios, brigadistas, terceros acreditados, financiamiento y las reglas de operación de fondos.

De igual manera, incluye aspectos como las medidas de seguridad y sanciones para servidores públicos, terceros acreditados y grupos voluntarios, así como de la imposición de medidas de seguridad.

Fuente: Notimex / Foto: Twitter @SPCCDMX

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