El voto popular no vale, cuando la elección la decide el TEPJF Por Luis Repper Jaramillo* [email protected]
El TEPJF otorgó cinco días para que la Comisión Nacional Jurisdiccional resuelva la omisión ‘injustificada’.
Con la resolución, la SCJN tendrá que declarar inválida la acción de inconstitucionalidad que promovió Morena.
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