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Nueva Ley de Sociedades de Convivencia entrará en vigor en diciembre

La sociedad que sea registrada obliga a los contrayentes de manera recíproca a proporcionarse alimentos en relación con sus bienes e ingresos.

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La Ley de Sociedades de Convivencia para la Ciudad de México, que establece las bases y regula las relaciones de dos personas mayores de edad con capacidad jurídica plena que establecen un hogar en común, entrará en vigor el 5 de diciembre de 2018.

El gobierno capitalino publicó este martes el decreto en el que abroga la Ley de Sociedades de Convivencia del Distrito Federal para dar paso a la Ley de Sociedades de Convivencia para la Ciudad de México.

La legislación contiene cuatro capítulos, con 21 artículos en los que se establecen las disposiciones generales, la forma y requisitos necesarios para registrar las sociedades de convivencia, los derechos y obligaciones que asume la pareja y los lineamientos para cuando ocurre una separación.

La sociedad que sea registrada ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno, obliga a los contrayentes de manera recíproca a proporcionarse alimentos en relación con sus bienes e ingresos.

De acuerdo con el documento, el vínculo podrá deshacerse por la voluntad de ambos, por el abandono del hogar común de una de las personas por más de tres meses sin causa justificada.

También porque alguno contraiga matrimonio o establezca una relación de concubinato, haya actuado dolosamente al suscribir la sociedad de convivencia o defunción.

Si los derechos del hogar común le pertenecían únicamente a una persona, el otro deberá desocuparlo en un plazo no mayor de tres meses.

Cualquiera de los convivientes tiene la obligación de avisar por escrito a la autoridad donde se encuentre el hogar en común de la separación.

La autoridad deberá notificar de esto al otro conviviente en un plazo no mayor de 10 días hábiles, excepto cuando la terminación se dé por la muerte de alguna de las personas convivientes en cuyo caso deberá exhibirse el acta de defunción correspondiente, ante la autoridad registradora.

Fuente: Notimex

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