Connect with us

Uncategorized

Incremento de 145 mdp a presupuesto de Senado

El presupuesto de la Cámara de Senadores para el 2020 ascenderá a 4,085 millones 778,000 pesos, cifra superior en 145 millones 778,000 pesos al gasto autorizado para el presente año; el aumento representa 3.7 por ciento.

Published

on

Rolando Ramos / El Economista

El presupuesto de la Cámara de Senadores para el 2020 ascenderá a 4,085 millones 778,000 pesos, cifra superior en 145 millones 778,000 pesos al gasto autorizado para el presente año; el aumento representa 3.7 por ciento.

Aprobado a mano alzada, el dictamen de la Comisión de Administración por el pleno camaral, se remitió al Ejecutivo federal para su integración al proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación  para el ejercicio fiscal 2020.

El senador Raúl Bolaños Cacho Cué (PVEM) precisó, ante las sospechas del panista Damián Zepeda, quien solicitó aplazar la votación del documento a fin de conocer a detalle el gasto proyectado:

“En la última reunión que sostuvimos los coordinadores en la Junta de Coordinación Política conocimos dicho presupuesto cada uno de nosotros. Tiene un crecimiento inercial de 3.7%, derivado solamente de la inflación. Es decir, es el mismo presupuesto del año pasado”.

Antes, Dante Delgado Rannauro (MC) explicó también que no se hicieron modificaciones sustantivas respecto del presupuesto aprobado para el año en curso; “se está dando solamente un incremento de inflación a las partidas”.

A servicios personales se destinarán 2,376 millones 563,152 pesos, entre cuyos conceptos destacan las dietas y sueldo base de los 128 senadores; 1,321 millones 347,941 pesos para servicios generales y 145 millones 632,728 pesos a inversión pública, entre otros rubros, según lo avalado este jueves.

Adiós al arraigo

Casi año y medio después, la Cámara de Senadores está a punto de ratificar la minuta remitida por la Cámara de Diputados para eliminar de la Constitución la figura del arraigo penal.

En reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales se anunció la conformación de una mesa técnica para abordar ese tema, así como los relacionados con la instrumentación de la revocación de mandato presidencial y consulta popular.

Remitida a la Cámara Alta desde el 30 de abril del 2018, la minuta aprobada por los diputados de la pasada legislatura establece la eliminación del párrafo octavo del Artículo 16 constitucional, que contiene los términos bajo los cuales la autoridad judicial podrá decretar el arraigo de una persona, tratándose de delitos de delincuencia organizada y cuya duración total no podrá exceder los 80 días.

Los diputados federales argumentaron, en su momento, que de acuerdo con diversas organizaciones de la sociedad civil y la propia ONU, el arraigo es una figura jurídica arbitraria e incompatible con el principio de presunción de inocencia y con el derecho a la libertad personal.

Lo nuestro es la #política en la #CDMX; si en verdad te late la grilla chilanga en las redes, visita nuestra página: https://elinfluyente.mx

Continue Reading
Advertisement Article ad code

Los influyentes

Twitter

Facebook

Advertisement Post/page sidebar widget area

Recientes